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El ABC de la Ley de Garantías que rige desde el sábado 29 de enero

A tan solo cuatro meses de la primera vuelta presidencial, la Ley de Garantí empezó a regir a nivel nacional desde el sábado 29. Conozca en detalle sobre esta Ley.

A partir del sábado 29 de enero empezó a regir a nivel nacional la Ley de Garantías Electorales como antesala para los comicios electorales de primera vuelta de las elecciones presidenciales, las cuales se llevarán a cabo el 29 de mayo de este año. De acuerdo a lo anterior, a nivel territorial, la Ley empezó a regir desde el pasado 13 de noviembre.

Esta Ley, que busca mitigar el impacto de la influencia en las elecciones en Colombia establece diferentes restricciones con lo cual se buscará brindar las garantías necesarias de igualdad de condiciones en los procesos electorales, especialmente, aquellas en la que el flujo de recursos públicos debe ser transparente. Sin embargo, en octubre de 202, dentro del paquete de artículos de la Ley de Presupuesto para el 2022, se aprobaron varias excepciones a dichas prohibiciones.

¿Qué está prohibido?

Dentro de las prohibiciones no está permitido contratar o vincular nuevo personal a la rama Ejecutiva hasta que se tenga un candidato definitivo a la Presidencia, sea este en primera o segunda vuelta. De acuerdo a lo anterior, no se podrán crear cargos y mucho menos otorgarlos; sin embargo, se exceptúa que solo se permitirán realizar vinculaciones en casos de fuerza mayor como renuncias, licencias o muerte en los cargos que resulten esenciales para el correcto funcionamiento de la administración pública.

Así mismo, desde el 13 de noviembre de 2021 hasta que se conozca el nuevo inquilino en la Casa de Nariño, ningún funcionario público podrá inaugurar obras públicas, iniciar programas sociales o realizar eventos masivos con la participación de candidatos o voceros de estos. En adición, queda prohibido que los funcionarios públicos declaren la insubsistencia de un cargo de libre nombramiento y la destitución de este durante el mismo tiempo.

No está permitido la utilización de bienes públicos como inmuebles o terrenos para el desarrollo de actividades propagandísticas o de campaña, así como se prohíbe proveer alojamiento o transporte de posibles electores de los candidatos.

¿Qué está permitido?

La principal prohibición que fue levantada con la sanción presidencial a la Ley de Presupuesto es la de la celebración de convenios interadministrativos; de esta manera, gracias a este artículo, ya no están presentes las limitaciones a la nómina y la contratación estatal durante los cuatro meses anteriores a las elecciones.

A pesar que se restringe la contratación o vinculación directa de nuevo personal por parte de los entes estales, se pueden realizar prórrogas, modificaciones, adiciones y cesiones a los contratos que se realizaron antes al 13 de noviembre de 2021 y del 29 de enero de 2022.

En materia de trámites en cuestión a defensa y seguridad del Estado, es permitido realizar los contratos de crédito público con el fin último de atender emergencias públicas tales como, desastres naturales, reparación de infraestructura vial por atentados o dificultades sanitarias.

Así las cosas, teniendo en cuenta lo anterior, el objetivo principal de la Ley de Garantías continúa vigente: Garantizar la transparencia administrativa durante la contienda electoral con el fin de evitar que la nómina estatal o la contratación directa sea utilizar para inclinar resultados hacia un candidato o partido político. De esta manera, los votantes ejercerán su derecho al voto bajo su propia iniciativa y convicción.

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