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Conozca cómo acceder al subsidio de desempleo

Con el propósito de facilitar a los usuarios la recepción y radicación de los documentos requeridos, cada Caja de Compensación Familiar establecerá los mecanismos virtuales y la asesoría telefónica, con lo cual deben informar a la ciudadanía de manera oportuna. Para el pago de la cuota del Sistema de Subsidio Familiar, por el tiempo que dure la emergencia, al cesante beneficiario no se le exigirá aportar los certificados de estudios.

Solamente los trabajadores dependientes o independientes que estén cesantes y que durante el tiempo que hayan estado afiliados a las Cajas de Compensación Familiar y hayan sido clasificados en categoría A y B, podrán postularse al subsidio de emergencia del Mecanismo de Protección al Cesante, establecida por el Gobierno Nacional, mientras se permanezca la vigencia del Estado de Emergencia Económica Social y Ecológica declarada.

De igual manera, ampara a las personas que no perciben una pensión por vejez, invalidez o sobrevivientes, y que hayan realizado aportes a una Caja de Compensación Familiar durante un año continuo o discontinuo en el lapso de los últimos 5 años, así lo contempla la resolución No. 853 del 30 de marzo que fue expedida por el Ministerio de Trabajo.

Es oportuno precisar, que las personas cesantes que se postulen para la recepción del beneficio, tendrán acceso a aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensiones, calculado sobre la cifra de un salario mínimo legal mensual vigente. Así mismo, recibirán la cuota monetaria del subsidio familiar para los hijos, hermanos en situación de discapacidad o padres dependientes, de acuerdo a los términos y valores que se venían entregado por lo determinado en la legislación vigente.

De igual forma, se le cubrirá una transferencia económica para los gastos, teniendo en cuenta las necesidades y prioridades de consumo de cada beneficiario, por un valor de dos salarios mínimos legales vigentes, divido en 3 mensualidades iguales.

Dentro de los lineamientos que imparte, refiere que el postulante debe acreditar ante la última Caja de Compensación Familiar a la que estuvo afiliado, certificación sobre la terminación del contrato de trabajo, en el caso de trabajadores dependientes, o cese de ingreso en el caso de los independientes. A su vez, debe diligenciar de manera electrónica el formulario único de postulación al Mecanismo de Protección al Cesante. Quienes no puedan acceder por este medio, lo podrán descargar por la página web de su respectiva Caja de Compensación Familiar.

Finalmente, se aclara, que los cesantes a quienes se les haya reconocido las prestaciones derivadas del Mecanismo de Protección al Cesante, perderán los beneficios en caso de obtener una fuente directa de ingreso o realicen una actividad remunerada.

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