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Restricciones en movilidad sobre el puente de río Frío en Rivera

Luego de la pronta reacción para intervenir los daños presentados en el Puente Río Frío ubicado en la vía Rivera- la Ulloa, fue habilitada la movilidad en el sector y a la vez, implementado el decreto 062, con el cual establece restricciones al tránsito vehicular que se moviliza en la vía.

En menos de ocho días fue recuperado el puente Río Frío en la vía Rivera – La Ulloa – Caguán, luego de que el gobernador del Huila, emitiera la orden de la pronta recuperación a la estructura que había sido afectada por el invierno y que permitirá mayor flujo vehicular, luego del colapso presentado en el puente sobre el Río Arenoso, el cual se encuentra en la actualidad en proceso de rehabilitación por parte de la concesionaria Ruta al Sur.

La movilidad de motocicletas por el sector fue recuperada el día 20 de marzo, mientras los vehículos pequeños iniciaron a movilizarse por el puente en horas de la tarde del 21 de marzo, sin embargo, mediante el decreto 062, la gobernación del Huila estableció en esta vía de segundo orden, una serie de restricciones al tránsito vehicular sobre la vía Neiva – El Caguán – la Ulloa-Rivera.

El Decreto 062, en su artículo primero, establece la autorización de movilidad en la vía Neiva-Caguán-la Ulloa –Rivera, del tránsito de vehículos tipo automóvil, camperos y camionetas carpadas y cabinadas sobre la vía durante las 24 horas del día y prohíbe el tránsito de vehículos con características superiores a los antes mencionados. Sin embargo, quedan exentos de la prohibición los vehículos automotores que hacen parte del esquema del sistema de gestión y riesgo de desastres.

Por otra parte, el decreto establece que la medida se mantendrá hasta que el Gobierno Departamental considere el levantamiento de la misma, por lo cual mientras se encuentre en vigencia el respectivo decreto, se establece como ruta alterna de movilidad, para todo tipo de vehículos, la vía Neiva – Palermo – El Juncal – Ruta 45, la cual está en buen estado de conservación y condiciones de transitabilidad de movilidad y que se encuentra a cargo del concesionario contratado por la Agencia Nacional de Infraestructura, ANI.

Las restricciones especificadas en el decreto 062, serán controladas e implementadas de acuerdo a su competencia por parte de las autoridades de tránsito y transporte, la Secretaria de Vías e Infraestructura del Departamento, las Secretarias de Gobierno del Huila, Neiva, Rivera, así como los miembros de la Policía Nacional.

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