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Ultimátum al CNE por certificado de revocatoria contra Quintero

En un plazo máximo de 10 días, el Tribunal Superior de Medellín ordenó al Consejo Nacional Electoral que se pronuncie respecto a la certificación de las cuentas de uno de los movimientos promotores de la revocatoria del alcalde de Medellín, Daniel Quintero.

La determinación del alto tribunal se da en respuesta a una de las 40 tutelas que fueron instauradas contra el organismo electoral, al igual que la Registraduría, en la que los accionantes de la demanda aseguraron que se estaba entorpeciendo el avance del proceso, con el objetivo de no realizarse las consultas en la capital de Antioquia.

Por su parte, Andrés Rodríguez, vocero del comité promotor “Pacto por Medellín”, declaró que “las cuentas están bien, estamos seguros de que la revocatoria no está muerta; por el contrario, sigue más viva que nunca”.

Cabe mencionar que Quintero en días pasados había afirmado que el proceso en su contra no había prosperado con total éxito, con lo que señalaba que era una “revocatoria muerta”.

Por otra parte, la magistrada Martha Cecilia Lema se declaró impedida para resolver algunas de las tutelas contra el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional frente a la revocatoria del alcalde Daniel Quintero, precisamente en este caso de aprobar los estados contables y la convocatoria a elecciones.

La magistrada Lema, en su condición de ciudadana, había diligenciado una de las planillas con las que se busca revocar a Daniel Quintero del cargo que actualmente ostenta. Por esta razón, el Tribunal Superior local acató la decisión del Lema Villada y designó a la magistrada Martha Cecilia Ospina, integrante de la Sala Tercera, para que esta sea la responsable de llevar el caso.

Cabe señalar que, a inicios de este mes, el Consejo Nacional Electoral tomó la decisión de no archivar la investigación que adelanta sobre presuntas irregularidades en la financiación del proceso ciudadano, puesto que la Corte Constitucional ha insistido que la extensión del tiempo de la investigación no constituye una violación al debido proceso.

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