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Corte Constitucional tumba modificaciones a la ley de Garantías

La Corte Constitucional tumbó la modificación a la Ley de Garantías que se aprobó en el Congreso de la República dentro de la Ley de Presupuesto.

Dicho tribunal acogió la ponencia de la magistrada Diana Fajardo, que ordena la suspensión de todos los convenios administrativos en trámite.

“A partir de la decisión no es posible suscribir convenios interadministrativos al amparo del artículo 124 de la ley 2159 de 2021, por lo cual aquellos trámites que se encuentran en curso para tal fin deberán terminarse inmediatamente”, dice uno de los apartes de la ponencia que fue aprobada por la Sala Plena de la Corte Constitucional.

La decisión de la Corte se tomó con ocho votos a favor y uno en contra del escrito presentado por la magistrada. Cabe destacar que la norma que se cayó permitía al Gobierno suscribir convenios interadministrativos con las entidades territoriales, en plena época electoral.

Dicha situación fue calificada como un “mico” en la Ley de Presupuesto por varios congresistas, quienes demandaron la modificación a la Ley de Garantías bajo el argumento de que abría la puerta a la corrupción electoral.

A través de un concepto elevado por este tribunal, la Presidencia de la República y el Ministerio de Hacienda advirtieron que el principio de la buena fe debe ser regla general y que, de presentarse corrupción, las entidades competentes debían investigar.

“Si eventualmente la norma se aprovecha para corromper la igualdad electoral o la normatividad que regula la participación en política de los servidores públicos, se deberá aplicar las sanciones fiscales disciplinarias y penales que haya lugar”, señalaba el documento de gobierno.

Por su parte, la Procuraduría General de la Nación también envió un concepto pidiendo a la Corte Constitucional, en el que se pidió tumbar dicha modificación bajo el argumento de que violaba la Constitución Política y el principio de pesos y contrapesos.

“Debido a la especial fuerza que caracteriza a las normas estatutarias (como lo es la Ley de Garantías Electorales), no es posible constitucionalmente su modificación por medio de una disposición contenida en una ley anual de presupuesto”, se lee en uno de los apartes del documento que envió la Procuraduría.

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