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Corte Constitucional reafirma que Uribe está imputado por presunta manipulación de testigos

La Corte Constitucional negó la petición realizada por el expresidente Álvaro Uribe Vélez para que fuera tumbado el fallo de noviembre de 2021, que concluyó que era imputado en el proceso de presunta manipulación de testigos.

De acuerdo a lo anterior, esto quiere decir que la indagatoria que rindió el exsenador ante la Corte Suprema de Justicia, cuando era congresista, equivale así a una imputación de cargos ante un juez ordinario, por parte de la Fiscalía General de la Nación.

Dicho falló se emitió luego de estudiar una tutela presentada por el abogado de Uribe Vélez, buscando que no llamaran imputado a su cliente en ese proceso. El mismo abogado acudió a la nulidad de dicho fallo, en enero, argumentando supuestos vicios en la decisión por una supuesta falta de imparcialidad e independencia de los magistrados, luego de las filtraciones de la sala en la que fue tomada la decisión y la ponencia que se estaba debatiendo.

Sobre ese argumento, la Corte dijo que, “la discusión y decisión de la sentencia, en ningún momento vieron comprometida su imparcialidad e independencia como jueces, ni las de sus colegas compañeros de Sala (…) resultan carentes de fundamento las críticas y juicios de valor del nulicitante que cuestionan la imparcialidad del tribunal y de sus miembros”.

De igual forma, el abogado también citó las declaraciones de uno de los magistrados, cuando indicó en un medio de comunicación que, en ocasiones, recibían llamadas de expresidente de la República.

Respecto a esta cuestión, la Corte señaló que, “es claro que lo manifestado por el magistrado ponente en la ronda de medios correspondió a una respuesta indeterminada sobre las tensiones a las que normalmente se ven sometidos los magistrados”.

Para la Corte, los argumentos del abogado no fueron suficientes, ni concretos para tumbar con ello la decisión contra Uribe Vélez. Incluso, la Corte indicó que los argumentos del abogado no cumplían con “la carga argumentativa” suficiente.

“Se concluye que el solicitante no logró imputar vicio alguno que incida de manera directa en el debido proceso o en la decisión adoptada, y, por el contrario, se limita en su escrito a señalar sus interpretaciones subjetivas de la información divulgada por los medios de comunicación”.

En ese sentido, en dicho proceso de manipulación de testigos, la Fiscalía General de la Nación deberá decidir si llama a juicio al expresidente o solicita archivar el proceso por presuntos delitos de fraude procesal y soborno.

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