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Por plataforma continental CIJ solicita a Colombia y Nicaragua presentar argumentos legales

La Corte Internacional de Justicia le solicitó a Colombia y Nicaragua presentar, en la próxima sesión oral sobre la plataforma continental en la costa caribeña, solo los argumentos sobre los criterios definidos por el derecho a la determinación de la delimitación del mar territorial más allá de las 200 millas náuticas de un Estado.

En ese sentido, Nicaragua pidió a la CIJ que le sea concedida una plataforma continental más allá de estas 200 millas desde su costa caribeña; sin embargo, Colombia defiende que la plataforma continental del archipiélago de San Andrés “se une incuestionablemente con la plataforma continental que tiene la costa caribe colombiana”.

Por esta razón, la CIJ les pide dedicar el próximo juicio oral a la presentación de argumentos exclusivamente en relación con dos cuestiones del Derecho Internacional Consuetudinario “antes de proceder a cualquier consideración de cuestiones técnicas y científicas” respecto al caso sobre la delimitación de la plataforma continental.

Entre otras cosas, la Corte les solicita sus alegatos sobre si, según el DIC, puede el derecho de un Estado a una plataforma más allá de las 200 millas náuticas desde su costa extenderse dentro de las 200 millas pertenecientes a otro Estado.

A su vez, insta a Colombia y a Nicaragua a aclarar los criterios que recoge el Derecho Internacional Consuetudinario en la determinación del límite de la plataforma continental más allá de las 200 millas de “las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial”.

En ese sentido, todavía no se han anunciado las fechas para la próxima sesión oral del caso.

Para Bogotá, la plataforma continental de las islas que comprenden el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, que se extiende hacia el oriente en 200 millas náuticas, es una de forma incuestionable con la plataforma continental que tiene la costa caribe, razón por la que consideró que La Haya no tenía competencias para tratar la controversia.

Sin embargo, el tribunal internacional le dio la razón a Nicaragua en el año 2016, y se declaró competente para el juzgamiento de este caso, provocando con ello el rechazo de Colombia, quien ha declarado que el asunto entre ambos Estados debe resolverse mediante relaciones bilaterales.

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