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Beneficios de participar en elecciones en Colombia

Votar y participar en las elecciones en Colombia conlleva beneficios adicionales además del ejercicio de sus derechos y deberes como ciudadanos.

Algunos de los beneficios a los que las personas pueden acceder incluyen descuentos en la libreta militar y el pasaporte, ventajas en la obtención de becas, reducción del tiempo de servicio militar y la posibilidad de disfrutar de medio día libre como compensación por su participación en las elecciones.

El 29 de octubre, los colombianos vivieron una nueva jornada de elecciones regionales con el propósito de elegir a las autoridades departamentales y municipales que desempeñarán sus funciones públicas a partir de 2024.

Una vez que hayan ejercido su derecho y depositado su voto en las urnas, se entregará a cada ciudadano un certificado electoral firmado por los jurados de la mesa de votación. Este documento certifica la participación en las elecciones regionales, sin importar el sentido de su voto, de acuerdo con el Decreto 2559 de 1997.

Asimismo, la entrega de este certificado, que contiene el número de cédula, país, ciudad, puesto y mesa de votación del ciudadano, activa diversos beneficios que reconocen el tiempo dedicado por la persona en su función de elector, conforme lo establece el artículo 3. de la Ley 403 de 1997.

Entre estos beneficios se encuentra la posibilidad de solicitar medio día de descanso compensatorio remunerado.

¿Cómo se debe solicitar?

Es importante tener en cuenta que, para disfrutar de este medio día laboral libre, es necesario presentar la solicitud en un plazo de hasta 30 días después de la fecha de las elecciones. En este caso, las solicitudes pueden realizarse desde el 30 de octubre hasta el 28 de noviembre.

Según lo establecido en el artículo 3 de la Ley 403, la asignación de este compensatorio se lleva a cabo en acuerdo mutuo con el empleador o la administración correspondiente.

Por lo tanto, para solicitar este beneficio, primero debe presentar el certificado electoral que acreditó su participación el 29 de octubre y, en segundo lugar, acordar en mutuo consentimiento con su empleadores la fecha y el horario para tomar el medio día al que tiene derecho. .

¿Hay beneficios para los jurados de votación? Estamos tratando dos aspectos distintos: primero, el descanso otorgado por su trabajo como jurado, y segundo, un estímulo para todos los ciudadanos.

En el caso de los ciudadanos que desempeñan funciones como jurados, supervisando el proceso de votación, llevando a cabo el preconteo de votos y registrando los resultados, también se les otorga un tiempo de descanso compensatorio, de acuerdo con lo determinado en el radicado 2450- 2778-3649-384 del 24 de junio de 2010 del Consejo Nacional Electoral.

En resumen, se les concede un día completo de descanso compensatorio, el cual puede solicitarse durante los 45 días hábiles posteriores a la jornada electoral. Además, se otorgará medio día laboral libre si también ejercieron su derecho al voto.

¿Puede negarse el empleador a otorgar el medio día libre?

Dado que se trata de un beneficio establecido por la ley, la empresa no tiene la facultad de negar la concesión de este día de descanso compensatorio.

Sin embargo, si llegara a ocurrir una negativa por parte del empleador, es posible reclamar el derecho presentando una acción de cumplimiento, un recurso legal para exigir el cumplimiento de la ley por parte de autoridades o particulares que ejerzan funciones públicas.

Este mecanismo solo es aplicable a empleados de entidades públicas. Por otro lado, si se trabaja en una empresa privada, se puede presentar una queja ante el Ministerio de Protección Social o la Oficina del Trabajo, o recurrir directamente a la jurisdicción laboral.

¿Qué hacer si se extravía el Certificado Electoral?

El certificado electoral es fundamental para solicitar con tranquilidad los beneficios adquiridos.

En caso de pérdida, existe la opción de enviar una carta a la Delegación Departamental de la Registraduría correspondiente, indicando el lugar y la mesa de votación para la expedición de un nuevo certificado.

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