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A renovar la licencia de conducción

Gracias a la Ley 2161 de 2021, los conductores colombianos cuentan con un plazo adicional de hasta dos años para la renovación de la licencia de conducción, a quienes se les vencía entre el primero y el 31 de enero de 2022.

A los conductores a quienes se les venció la licencia de conducción a partir del primero de febrero de 2022, deberán renovar su licencia de tránsito cuanto antes, ya que, si las autoridades los sorprenden conduciendo un vehículo con la licencia vencida, adulterada o que no sea de la categoría correspondiente, o de no haberla obtenido en ningún momento, puede ser sancionado.

Así lo indicó el Ministerio de Transporte, que explicó que si bien se amplió el plazo para las personas a las que se les vencía el documento en enero, dicho ajuste no aplicará desde el segundo mes del año.

Vale recordar que los conductores pueden revisar la fecha de vencimiento de su licencia en el documento en físico o a través de la siguiente página web: https://www.runt.com.co/ciudadano/consulta-documento”.

Los conductores de vehículos deben cambiar su licencia cada 10 años si la persona tiene menos de 60 años, cada cinco si tienen entre 60 y 80 años, anualmente para los mayores de 80 años.

Si la persona maneja y no tiene licencia podría recibir una multa de 30 salarios mínimos diarios, es decir, $1 millón y el vehículo quedaría inmovilizado.

En tanto, si una autoridad detiene al conductor y este no porta consigo la licencia, podrá ser sancionado con una multa de $266.667.

Ahora, es importante recordar que, desde hace unas semanas, el Ministerio de Transporte determinó que el “pase” podrá presentarse de manera física o digital, con la información que reposa en el Runt.

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