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La resolución que reglamenta el etiquetado de productos alimenticios ha entrado en vigencia.

A partir del miércoles 14 de junio, tanto los productos nacionales como los importados deberán cumplir con el rotulado nutricional y frontal de advertencia. En caso de no cumplir con estas regulaciones, los productos deberán ser retirados del mercado.

La resolución 810 del 2021 establece que todos los productos alimenticios envasados deben proporcionar información verídica al consumidor a través del rotulado nutricional y frontal de advertencia.

El Instituto de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA) ha informado que ha recibido alrededor de 5.200 solicitudes de agotamiento de existencias de etiquetas entre diciembre de 2022 y febrero de 2023. Estas solicitudes están siendo procesadas, pero debido al alto número de trámites presentados, aún están resolviendo las solicitudes pendientes.

En consecuencia, los productos que aún no hayan tenido su trámite oficializado podrán seguir siendo comercializados hasta el 15 de diciembre, siempre y cuando cumplan con las condiciones de uso de adhesivos nutricionales.

Sin embargo, a partir del 15 de junio de 2024, los productos que no cumplan con esta normativa deberán ser retirados del mercado por parte del productor.

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