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Validez de un contrato indefinido.

La Corte Suprema de Justicia ratifica la validez de un único contrato a término indefinido para un empleado de Avianca durante 17 años.

La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia ha vuelto a destacar la importancia de reconocer los “contratos realidad” en situaciones en las que una empresa contrata repetidamente a un individuo para desempeñar las mismas funciones, ya sea a través de cooperativas o distintas modalidades de prestación de servicios. En este sentido, la Corte ha confirmado el caso de un trabajador que estuvo vinculado con Avianca durante 17 años, a través de diversos contratos y cooperativas, y ha determinado que en realidad existió un único contrato a término indefinido. Este fallo destaca que, a pesar de la aparente variación en las formas contractuales, la esencia del vínculo laboral nunca cambió y, por tanto, se trata de un contrato indefinido con todas las implicaciones legales que esto conlleva.

El trabajador en cuestión fue vinculado a Avianca S.A. directamente desde el 24 de septiembre de 1996 hasta el 13 de marzo de 2013, pero también tuvo periodos en los que estuvo vinculado a través de cooperativas de trabajo asociado, como Gestionar CTA, Clave Integral CTA y Coodesco. Durante el proceso judicial, el empleado solicitó la nivelación salarial, la reliquidación de prestaciones sociales, el pago de indemnizaciones por despido sin justa causa y el reconocimiento de primas y auxilios.

En primera instancia, un juzgado de Bogotá le dio la razón al empleado, y esta decisión fue confirmada por la Corte Suprema de Justicia, reiterando su tesis sobre los contratos realidad. El alto tribunal destacó que, aunque pueden existir diferentes contratos sucesivos, se debe demostrar una causa válida y sustancial para justificar los cambios en la modalidad contractual. En este caso, al no haber diferencias esenciales en el objeto del contrato durante los 17 años de vinculación laboral, se concluyó que siempre existió un contrato a término indefinido.

En definitiva, la Corte Suprema de Justicia ha enfatizado la importancia de reconocer la primacía de la realidad sobre las formas en las relaciones laborales y, en este caso, ha dejado claro que el vínculo entre el empleado y Avianca fue un contrato a término indefinido, sin importar las variaciones formales que se presentaron a lo largo del tiempo.

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